¿Jóvenes culpables?

La segunda temporada de The Sinner permite introducir en el debate fenómenos interesantes tales como los crímenes producidos al interior de una organización religiosa o bien una secta en la que cuyo líder pareciera no tener otra posición que la de un perverso.
La dinámica al interior de los lazos entre pares a partir de la identificación al conductor -tal como Freud lo plantea en Psicología de las masas y análisis del yo- introduce la pregunta en torno de la responsabilidad por las elecciones de un sujeto en determinados contextos sociales donde prima un ejercicio totalitario del poder. Más allá de anticipar que tal cuestionamiento no podría conducir a la exención de responsabilidad por el goce -con excepción de la lógica atribuible a los campos de exterminio- cabe formular un interrogante diverso en torno de la responsabilidad de jóvenes que son imputados por la comisión de un crimen.
En la serie que estamos tratando, el personaje de Julian, con apenas trece años, se ve -en razón de las circunstancias sociofamiliares y de las leyes penales del Estado en el que habita- acusado formalmente de la comisión de un homicidio.
La trama aborda de un modo muy criterioso la tensión existente en todo momento entre la posición de implicación del sujeto que se declara íntimamente culpable del homicidio, y la sobredeterminación del mismo a instancia de las influencias adultas.
La frase del detective Ambrose -que sentencia al adulto detrás de la supuesta o pretendida responsabilidad del niño o joven – “cuando un niño comete un crimen siempre hay un adulto responsable…”, y que pareciera estar en estrecha relación con su historia de vida, enuncia en verdad el fundamento de la minoría de edad.
Si bien en el Estado en el que vive Julian nada impide que un niño de trece años sea imputado por homicidio, lo cierto es que, detrás de ese reproche jurídicamente válido -para esa jurisdicción- se esconde una maniobra de control social ilegítima éticamente hablando.
Sabemos, no siempre lo legal o lo jurídicamente admisible es ética o legítimamente tolerable.
El debate por la baja en la edad mínima de imputabilidad penal debiera conducirnos a pensar en los Julianes que -conducidos o bien por la influencia de un adulto referente en términos afectivos o normativos, o bien, desprovistos de cualquier anclaje referencial que los ampare- se ven de pronto arrojados a las puertas del sistema de justicia penal sin entender siquiera cómo llegaron hasta allí.
La responsabilidad por una elección en el campo de la historia personal y al interior de una trama subjetiva no debiera en el caso de los niños y jóvenes ser un argumento con el que se funde un sistema de justicia penal. ¿Acaso debe un niño o joven responder como un ciudadano adulto, cuando, en tanto tal, se encuentra aún en vías de desarrollo?
El debate está planteado.

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